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Ampliación de Red

Clientes

Documentación requerida
Identificación de todos los interesados mediante nombre y apellido completos, documento de identidad, dirección, teléfono y correo electrónico.
Croquis del/los predio/s documentando su ubicación (N° de padrón, calle, entrecalles y demás calles circundantes, manzana, solar, Nº de puerta, dimensiones, etc.). Se deberá indicar claramente el Norte.
Indicar el destino de la ampliación.
Documentación que acredite que la zona destino de la ampliación está emplazada en suelos categorizados como urbanos o suburbanos de acuerdo a la Ley N° 18.308 ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO SOSTENIBLE (expedido por intendencias departamentales).
Firma de Declaración (proporcionada por OSE) mediante la cual afirma conocer y aceptar el Reglamento para el Trámite y Ejecución de Redes de Distribución de Agua Potable y de Redes de Saneamiento solicitadas por Terceros.
Conjuntos Habitacionales o de Urbanizaciones de Propiedad Horizontal: plano de red interna, en caso de requerirla.
Fraccionamientos: plano de Fraccionamiento firmado por Ing. Agrimensor, ingresado a la Intendencia correspondiente, con sello de la misma.
Emprendimientos (*) en localidades con servicio de saneamiento de OSE: aprobación de la solución de saneamiento.
Emprendimientos (*) en localidades sin servicio de saneamiento de OSE: documentación de compruebe la gestión realizada ante las autoridades departamentales correspondientes y/o DINAGUA y/o DINAMA según corresponda, donde conste el aval de la solución de saneamiento a implementar.

(*) Conjuntos habitacionales, urbanizaciones de propiedad horizontal, fraccionamientos.

Costo:
• Destino una o varias viviendas residenciales, o viviendas residenciales más comercios individuales (no se incluyen aquí los edificios destinados a conjunto de comercios): 2 UR.
• Conjuntos habitacionales, urbanizaciones de propiedad horizontal, nuevos fraccionamientos, locales de uso no doméstico: industrial, comercial (edificios destinados a conjunto de comercios, o comercios individuales en general con la única excepción dada en el caso anterior), estatal: 5 UR.
• Redes Internas de Conjuntos Habitacionales, de Urbanizaciones de Propiedad Horizontal: 3 UR.
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