Importante:
(1) La aceptación por parte del interesado de las disposiciones que rigen en el reglamento para la prestación de los servicios de provisión de agua potable y alcantarillado, se documentará mediante el contrato de prestación de servicios, que será suscrito en forma previa a la instalación de la conexión.
(2) Todo tipo de reclamación que deba sustanciarse mediante consulta personal, telefónica y/o por escrito, no exime al usuario del pago de las facturas, ni de multas y recargos que puedan generarse. |